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Quality Brokers

ATENCIÓN AL CLIENTE

Si no está de acuerdo comuníquenoslo. En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente” para ayudarle a ejercer sus derechos.

Si usted desea presentar una queja o reclamación tenga en cuenta que debe seguir estos pasos:

PASO 1

QUALITY BROKERS

Diríjase a nuestras oficinas. Nuestro personal tratará de ayudarle a resolver su problema.

Clave DGSFP (J-1719)
C/ Colón nº 1, 8º-A – 46004 Valencia
Tfno: 902 026 212 | Fax: 902 026 214
Email: jballester@quality-brokers.com | www.quality-brokers.com

PASO 2

INADE, INSTITUTO ATLÁNTICO DEL SEGURO

Si no hemos satisfecho sus demandas, diríjase por escrito a nuestro Servicio de Atención al Cliente (Inade, Instituto Atlántico del Seguro).
En un plazo de dos meses a partir de la fecha de presentación deben atenderle y resolver sus quejas y reclamaciones.

Calle La Paz, nº 2, Bajo, 36202 – Vigo (Pontevedra)
Tfno. 986 485 228 | Fax: 986 485 653
Email: atencioncliente@inade.org
www.inade.org

PASO 3

DIRECCIÓN GENERAL DE SEGUROS Y FONDOS DE PENSIONES

En caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento de nuestro Servicio, o si transcurridos dos meses desde que usted ha presentado su queja o reclamación, no se ha resuelto su petición, debe dirigirse al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones.

Servicio de Reclamaciones
C/ Miguel Ángel, nº 21, 28010 – MADRID
Tfno. 902 191 111
Email: reclamaciones.seguros@mineco.es
www.dgsfp.mineco.es

En nuestras oficinas tenemos a su disposición nuestro “Reglamento para la Defensa del Cliente”Puede solicitárselo a nuestros empleados o descargarlo en formato PDF haciendo click AQUÍ.

Normativa de transparencia y protección del cliente de servicios financieros:

◊  Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor de las entidades financieras.

◊  Ley 26/2006, de 17 de julio, de Mediación de Seguros y Reaseguros Privados.

◊  Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

◊  Real Decreto ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales.