A finales de mayo, entró en vigor a nivel europeo el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que tiene como objetivo reforzar los derechos de todos los ciudadanos del continente en relación a la información personal sobre ellos que manejan terceros. Entre las principales novedades que incorpora están el consentimiento sobre el manejo de datos, el derecho al olvido o la introducción de la figura en las empresas del delegado de protección de datos.
En el caso de las aseguradoras y las corredurías de seguros, tendrán que velar todavía más por los derechos que tienen sus clientes sobre la información que manejan. El nuevo RGPD incorpora nuevos derechos para los clientes del sector asegurador, que pueden resumirse en:
- Nuevos derechos (mayor transparencia, supresión y derecho al olvido, portabilidad de los datos, limitación del tratamiento), que se suman a los ya existentes, y que se resumen bajo la denominación ARCO: Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
- Consentimiento expreso e inequívoco cada vez que una empresa analice los datos de sus clientes, de manera que se demuestre que ha sido informado y conoce de forma explícita para qué van a utilizarse.
- Control sobre los datos cuantitativos y cualitativos. Las consecuencias del análisis de impacto de privacidad en el sector, que obliga a diseñar un plan sobre los riesgos en el tratamiento de los datos de los asegurados (geolocalización, datos biométricos,…) para el cálculo de las pólizas.
- Derecho sobre la predictabilidad de los datos. El análisis de datos, principalmente a través de las nuevas herramientas tecnológicas (como el Big Data), que permite lograr predicciones estadísticas sobre el comportamiento de los asegurados.
- Derechos ante cualquier ciberamenaza. El desarrollo del seguro de Ciberriesgos, que se ocupa de proteger a las empresas en los entornos digitales. Los artículos 33, 34 y 83 del Reglamento establecen los mecanismos legales de comunicación en caso de vulneración de los datos personales.